Microempresas
Conde Concursal Le ofrece
Estudiamos la viabilidad con un plan de negocio para presentarlo a acreedores y, si este no se aprueba o no es viable, llevaremos a cabo la liquidación ordenada de los activos, para, una vez liquidado, si usted es una persona física, intentar que se le cancelen las deudas no cubiertas.
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¿En qué consiste el nuevo procedimiento para microempresas?
Microempresas
“La reforma de la Ley Concursal de 2022 nos trae un procedimiento especial para MICROEMPRESAS, aplicable a partir 1 enero 2023, tanto a personas físicas como a sociedades que, estando en situación de probabilidad de insolvencia, insolvencia inminente o insolvencia actual, es decir, incapacidad actual, inminente o futura de pago de deudas.
¿A quién se aplica?
Deudores con una media de trabajadores inferior a 10 trabajadores, con un volumen de negocio inferior a 700.000€, O pasivo (deudas) inferiores a 350.000€.
¿Cuál es la finalidad?
Gestionar un plan de continuación que permita la continuidad del negocio, negociando quitas de deuda o esperas para cobrar, etc., o la liquidación de todos los bienes, para pago de deudas, o incluso la transmisión de la empresa o negocio, y, finalizado, la persona física, si reúne los requisitos podrá pedir la exoneración de deudas insatisfechas EPI (también conocido como segunda oportunidad).
Ventajas para el cliente:
- Agilidad: tramitación telemática y con modelos estándar, liquidación de bienes a través de plataforma electrónica, rapidez y sencillez.
- El cliente conservará con carácter general sus facultades de gestión y administración, continuando con su negocio en condiciones normales de mercado.
- Se suspenderán las ejecuciones de los acreedores (salvo crédito Público: AEAT, Tesorería General de la Seguridad Social, etc.)
¿Qué puede hacer Conde Concursal por su negocio?
Tras la fase fe diagnóstico, veremos con usted si podemos intentar la viabilidad con un plan de negocio para presentarlo a acreedores, y, si este no se aprueba o no es viable, llevaremos a cabo la liquidación ordenada de los activos. Para, una vez liquidado si usted es una persona física, intentar se le cancelen las deudas no cubiertas.